Ya tenéis a vuestra disposición el número 1 de la Revista de Derecho Privado (enero-febrero de 2016), que bajo la dirección de la Catedrática de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid, Silvia Díaz Alabart, reúne los siguientes trabajos:

Cubierta 1-2016 de Revista de Derecho Privado de Editorial Reus

Aproximación a la normativa sobre mediación en litigios de consumo, de María Teresa Álvarez Moreno.
Extracto: La Directiva 2013/11 ha regulado por primera vez a nivel comunitario la resolución alternativa de litigios de consumo, que se complementa con el Reglamento 524/2013, dirigido a regular la resolución on line de litigios de consumo. Se analizan las claves más importantes para entender estas normas, y la regulación existente en el Derecho español en este ámbito, y cómo éste puede cambiar al incorporar la Directiva.

Alteración de circunstancias y error en el consentimiento: un estudio comparativo entre España y Portugal en la problemática surgida en torno al contrato de permuta financiera (swap) de tipos de interés, de Javier Barceló Doménech.
Extracto: Tanto en España como en Portugal se ha venido discutiendo, en los últimos años y como consecuencia de la crisis financiera iniciada en 2007/2008, sobre el régimen jurídico del swap, un contrato creado por la práctica y en el que era notable la ausencia de conflicto judicial hasta que los bancos decidieron comercializarlo de forma masiva, más allá de su especializado contexto inicial. El propósito de este trabajo es proporcionar un análisis comparativo de España y Portugal en sus respectivas aproximaciones a la problemática surgida en torno a esta figura contractual y los deberes de información y asesoramiento de los bancos. La crisis económica pone a prueba la eficacia de los sistemas jurídicos de ambos países, evidenciando sus defectos y también sus virtudes.

La buena fe en la usucapión inmobiliaria, de Martín García-Ripoll Montijano.
Extracto: El presente trabajo tiene por objeto el requisito de la buena fe en la usucapión ordinaria, contraído exclusivamente al ámbito de los bienes inmuebles. En primer lugar, se estudia el principio general de buena fe, y si la buena fe objeto de este estudio está inserta en tal principio. A continuación se estudian principalmente los sujetos, con especial atención a las personas jurídicas; el objeto; el muy debatido problema de la diligencia de usucapiente de cara a su buena fe; en qué momento se ha de tener la buena fe; la carga de la prueba de la buena fe; y la buena fe ante el Tribunal Supremo.

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