Acabamos de poner a vuestra disposición el último volumen revisado de Derecho Civil Español Común y Foral, uno de los tratados fundamentales del Derecho Civil en España y en todos los países del habla hispana.
El volumen, centrado en el Derecho de Sucesiones y sus distintas adopciones, ha sido revisado y actualizado por el Catedrático de Derecho Civil Antonio Manuel Román García. Con este volumen, se completa la obra clásica de José Castán Tobeñas, y por primera vez está disponible al completo y actualizada en nuestra editorial.
Os adelantamos algunos extractos del prefacio de Antonio Manuel Román García en esta novena edición o también descárgatelo completo gratis:
Actualizaciones recogidas en el volumen: (...) mi preocupación ha seguido siendo mantener inalterable la excelente sistemática de esta magnífica obra jurídica; añadiendo solamente las modificaciones legislativas recogidas fundamentalmente en las leyes 11/1981, de 13 de mayo; 30/1981, de 7 de julio; 21/1987, de 11 de noviembre; 13/2005, de 8 de julio; 15/2005, de 8 de julio; y 54/2007, de 28 de diciembre, que al efectuar modificaciones en materia de filiación, matrimonio, nulidad, separación y divorcio y adopción, repercuten en la normativa aplicable al Derecho de sucesiones. Y, también las contenidas en las leyes 30/1991, de 20 de diciembre; 4/2000, de 7 de enero; y 41/2003, de 18 de noviembre, que modifican el Código Civil en materia de testamentos y regulación de la legítima y de la mejora; además de las recogidas en nuevas leyes propias sobre esta temática en los Derechos forales de España: leyes 31/1992, de 1 de julio, del País Vasco; 10/2008, de 10 de julio, de Cataluña; 2/2006, de 14 de junio, de Galicia; 1/1999, de 24 de febrero, de Aragón; 79/1990, de 6 de septiembre de las Islas Baleares; y las recientes modificaciones de las Leyes Forales Navarras en este ámbito; así como revisar las actualizaciones referidas al Derecho notarial y registral. Se han contemplado también las modernas tendencias en política legislativa, y los criterios de la doctrina jurisprudencial aplicables.
Sobre el marco conceptual del Derecho de Sucesiones: (...) como observa el profesor J.l. Lacruz, el Derecho de Sucesiones es la parte del Derecho civil que tiene una mayor cohesio?n; puesto que sus normas regulan las consecuencias de un u?nico hecho: la muerte de la persona; agrupa?ndose en relacio?n al feno?meno central de la herencia. Asi?, entendemos que debe ser una materia juri?dica que culmine los conocimientos de Derecho civil; puesto que ciertamente sera? necesario haber tenido un cabal conocimiento del Derecho de la persona y de la familia, asi? como del Derecho patrimonial (Derecho de Obligaciones y Contratos, Derechos Reales, sistema notarial e hipotecario y registral) para poder comprender los conceptos, categori?as juri?dicas e instituciones que integran el Derecho Sucesorio Espan?ol. Siguiendo las orientaciones y criterios romanistas (Instituta), los co?digos civiles france?s, italiano y espan?ol concebira?n la sucesio?n como un modo de adquirir la propiedad. Sin embargo, por las razones expuestas antes, particularmente, nos encontramos ma?s identificados con la posicio?n de la pandecti?stica, consolidada a partir de H. Heise (1807), segu?n la cual, el Derecho de sucesiones ha de considerarse una parte independiente y u?ltima de la sistema?tica del Derecho civil, criterio e?ste que, a nuestro juicio, acertadamente, ha seguido el B.G.B. Hemos considerado procedente incluir en este segundo volumen los para?grafos CXlV y CXlVI, referidos a las generalidades del testamento y a la capacidad testamentaria activa y pasiva que, aunque esta?n desarrollados en el primer volumen, conviene contemplarlos en e?ste tambie?n, con la finalidad de conservar la unidad de tratamiento de la materia referida a la sucesio?n testamentaria de forma completa.