Cien años cubierta4Con motivo del centenario de la Revista de Derecho Privado, acabamos de editar un libro homenaje en el que se realiza un recorrido por sus cien años de existencia. La obra cuenta con  contribuciones  de investigadores internacionales de prestigio y ha sido dirigida por la Catedrática de Derecho Civil, Silvia Díaz Alabart.

PDF gratis con la historia de la revista.

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Vídeo del centenario

Entrevista a Silvia Díaz Alabart

Reproducimos a continuación una entrevista que realizamos por escrito a Silvia Díaz Alabart, directora de la revista y de la presente edición homenaje del centenario.
Silvia Díaz Alabart

¿Cuándo y cómo nace la Revista de Derecho Privado?
La Revista de Derecho Privado nace en Madrid en 1913, por el empeño de dos ilustres juristas de la época, Don Felipe Clemente de Diego y Don José María Navarro de Palencia. Nace con el propósito de crear una publicación jurídica periódica, con una orientación distinta a las antiguas revistas profesionales, ceñida a un ámbito más especializado y de vuelo doctrinal.

Desde sus inicios tuvo una vocación iberoamericana, ¿por qué? 
El compartir el idioma es esencial, permite un diálogo fluido entre los juristas iberoamericanos. Es algo que también ocurre en otros grupos de países con una lengua común. Pero no es sólo, con ser mucho,  la fortuna de la lengua común. También hay que tomar en cuenta el dato de que nuestros respectivos Derechos siempre se han influido mutuamente. Por ceñirnos a un ejemplo concreto, en los inicios de los trabajos preparatorios de la difícil y larga codificación civil española, el Proyecto de Código Civil de García Goyena del año 1851, tuvo su influencia en las codificaciones de iberoámerica. Incluso en algunos países, como Puerto Rico y Cuba, ha regido durante muchos años nuestro Código civil. Posteriormente cuando ya se habían promulgado esos Códigos americanos, también el Código civil tomó cosas de ellos en su articulado.

También, no tiene sentido olvidarlo, la Revista se financiaba ella misma y por lo tanto era importante abrirle mercados, y en ese sentido, como ocurre en la actualidad, Iberoamérica era un mercado especialmente interesante.

¿Y su vocación europea?
La vocación europea de la Revista viene también  de la mano de sus fundadores, en particular de Clemente de Diego que era un buen conocedor de las obras de los maestros europeos del Derecho, en particular de las de Gierke, Ihering y los Pandectistas alemanes, y fue quien los dio a conocer en España. No hay más que sumergirse en los índices de la Revista desde sus orígenes y encontraremos una serie de nombres de juristas europeos de prestigio. Hoy en un continente aglutinado, además de por la historia y la cultura, por la existencia de la Unión Europea, carecería de sentido  una revista que no estuviera abierta a los todos los juristas europeos.

¿Ha habido distintos momentos en su línea editorial? 
A lo largo de un siglo no me cabe duda de que la línea editorial de la revista  ha podido tener diferentes orientaciones. Es más, pensar otra cosa sería totalmente irreal. Todos y cada uno de los directores de la revista han marcado su impronta en ella, impronta que siempre habrá que considerar en relación al momento en el que les tocó dirigirla.

Mi relación con la revista se inicia en el año 1976, puesto que fue en ella en donde publiqué mi primer artículo con un título casi más largo que su contenido, y continué haciéndolo también en los años siguientes. Ahora bien la relación directa con su funcionamiento no la tuve hasta el año 1993, en el que pasé a formar parte de su Consejo de Redacción. Ya desde hacía unos cuantos años el director de la revista era Manuel Albaladejo García, y por ello es el único director del que puedo hablar. La revista siempre fue para él algo muy especial, y en su etapa como director puso trabajo e ilusión a raudales.

¿Qué autores han marcado su impronta en la Editorial?
En cuanto a los autores, el ver los índices de la revista desde su fundación es impresionante, y es que cien años dan para mucho, son tantos los nombres que no es posible realmente escoger algunos, porque resultaría injusto para aquellos que silenciara, pero con todo mencionaré algunos de los autores españoles que no están ya con nosotros, asi el propio Felipe Clemente de Diego, José Castán Tobeñas, Jaime Guasp, José Beltrán de Heredia, Antonio Hernández Gil, Juan Jordano Barea, José Luis de los Mozos, Enrique Lalaguna Dominguez,  Manuel Albaladejo, Diego Espín, Manuel García Amigo, Francisco Lucas, Amadeo Fuenmayor, Luis Ignacio Sánchez Rodríguez, Juan Vallet de Goytisolo, Manuel de la Cámara Álvarez, Buenaventura Camy, y tantos otros que honraron la revista con sus estudios.

¿Qué criterio sigue la Revista para seleccionar sus artículos?
El criterio además del absolutamente genérico y común a todas las revistas jurídicas españolas de buscar un nivel de calidad, tiene otras facetas. Así aunque la divulgación jurídica o la mera información sean importantes en nuestros días, el modelo de artículo que interesa a la revista se inclina más hacia la elaboración científica sin dejar de lado los aspectos prácticos. Interesan los trabajos de autores prestigiosos, pero también los de otros que aunque aún no tengan ese reconocimiento están en el buen camino para ello, y , claro está los autores noveles que muestran esa chispa de genio que les hará ser los autores reconocidos de mañana.

Un ejemplo de la pluralidad en las contribuciones de la Revista sería…
Como ejemplo de esta actitud citaré que, cuando se empezaba a hablar en España del matrimonio entre personas del mismo sexo y se discutía ardorosamente sobre la posibilidad del mismo, se publicaron en dos números consecutivos de la revista dos trabajos de dos juristas prestigiosos, basado cada uno en una idea totalmente opuesta sobre esa cuestión. Más recientemente, después de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre ese matrimonio, se publicó un tercer trabajo de un tercer autor, que ha sido el germen de un interesante libro.

En 100 años la Revista ha vivido todo tipo de momentos históricos: guerra y posguerra, dictadura, gestación de la Constitución…
Todos los momentos históricos influyen en la vida social y en el Derecho, y por tanto las que se han ido produciendo en estos últimos 100 años en España, han afectado a las todas las revistas jurídicas, no sólo a la de Derecho Privado. Estoy segura de que muchos de los trabajos de los juristas que se han publicado en la revista ha influido en la mejora de nuestro ordenamiento jurídico, así como de la forma en que nuestros tribunales lo aplican. El legislador utiliza (aunque no siempre le saque todo el fruto que puede dar) la doctrina de los autores y la jurisprudencia. Por su parte los autores estudian la jurisprudencia y ésta también se nutre de las construcciones doctrinales. Así que sin duda esa influencia se da.